El asesoramiento que ofrecemos es integral. Nuestros técnicos y profesionales abordan el asesoramiento de las diferentes áreas de la empresa teniendo siempre en cuenta una visión global de la empresa, ya que muchas áreas están directamente interrelacionadas.
Ayudamos a las empresas a cumplir con las obligaciones tributarias que les corresponden.
Declaraciones fiscales: IRPF, IVA, Sociedades, IAE, etc.
Inspecciones fiscales: requerimientos.
Aplazamientos de deudas.
Tanto para particulares, autónomos o empresas, Sociedades y Asociaciones / Fundaciones, tenemos en cuenta las características específicas de cada colectivo, así como los diferentes tratamientos y obligaciones fiscales.
Gestión contable, tanto de empresarios individuales como de sociedades.
Revisión de contabilidades y confección del Impuesto de Sociedades.
Legalización de Libros Oficiales y depósito de Cuentas Anuales.
En el caso especial de las Asociaciones realizamos asesoramiento contable de acuerdo con el PGC ESAL (Entidades Sin Animo de Lucro).
Realización de contratos, nóminas, Seg. Social e IRPF.
Altas y bajas en TGSS.
Certificados laborales de empresa.
Despidos, conciliaciones y negociaciones.
Realización de Informes Económicos.
Informes de viabilidad.
Peritajes (informes judiciales).
Valoración de Unidades Productivas
Asesoramiento en la creación de Sociedades.
Redacción y revisión de contratos y de escrituras.
Operaciones de reestructuración social. Transformación, fusión, disolución y liquidación de sociedades.
Reclamaciones de cantidad.
Monitorios, demandas, embargos.
Contratos.
Reclamaciones de cantidad.
Movilidad geográfica y funcional.
Mobbing
Despidos, sanciones, EREs.
Actuaciones ante Inspección de Trabajo.
Estafa,
Apropiación indebida,
Alzamiento de bienes.
Falsedad documental
Delitos societarias: quiebra fraudulenta
Daños
Robo, hurto.
Asesoramiento de empresas en situación de Concurso.
Presentación de Concursos Voluntarios.
Defensa de los intereses de los acreedores en los procedimientos concursales.
El Concurso de Acreedores es una oportunidad que se da al empresario para poder negociar con sus acreedores y conseguir renegociar la deuda. En caso de que no se alcanzara un convenio con los acreedores, se procederá a la Liquidación de la empresa. La Liquidación puede suponer el cierre de la misma o bien la compraventa de la Unidad Productiva, por lo que en este último caso, aunque la entidad jurídica cerrara, la entidad productiva tendría continuación en el tiempo, bajo la denominación de otra sociedad.
Es por ello que la ley Concursal es muy exigente con la obligación de la empresario de solicitar el Concurso, y en caso de que no lo hiciera convenientemente, en tiempo y forma, podría enfrentarse ante un escenario de culpabilidad, lo que implicaría responsabilidad económica para el empresario.